SENTENCIA TSJ Andalucía 259/2013 de 7 de febrero
Adolfina interpone una demanda contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debido a los siguientes hechos probados:
La actora se encontraba inscrita en el régimen especial de trabajadores auronomos e inicio un proceso de incapacidad temporal el 1/09/2009 por enfermedad común, causando el alta hasta siete meses mas tarde.
El día 30/09/2009 la actora causo baja en la actividad y el 25 de abril del 2010 la actora tuvo un hijo. Esta solicito la prestación por maternidad que le fue denegada por resolución dictada en la fecha 21/05/2010 debido a no estar afiliada y en alta en la fecha del hecho causante. Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 8/07/2010.
La resolución de dicha demanda se dicta en fecha 2/05/2012, desestimando la demanda formulada por Adolfina y, por tanto absolviendo a la entidad gestora.
Debido a esto la actora presento un Recurso de Suplicación ante la sala de lo social del tribunal superior de justicia de Andalucía con sede en Málaga.
Comentario
Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D.ª Adolfina contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Málaga con fecha 2 de mayo de 2.012 en autos sobre subsidio por maternidad, seguidos a instancias de dicha recurrente contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, confirmando la sentencia recurrida.
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